El divorcio en Móstoles de mutuo acuerdo tiene ventajas en cuanto a la rapidez y en cuanto al coste, pero la mayor ventaja es la de gestionar bien los impuestos en el momento de proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales y concretamente en la adjudicación de la vivienda, ya sea mediante una extinción de condominio o bien utilizando las posibilidades que ofrece la propia liquidación de sociedad de gananciales. Un error en lo anterior puede suponer una cantidad importante de dinero en impuestos de transmisiones patrimoniales, plusvalía e impuesto sobre la renta.
En nuestro despacho de abogados de divorcios en Móstoles tenemos un precio especial para el divorcio de mutuo acuerdo incluyendo la liquidación de sociedad de gananciales.
Un abogado de divorcio en Móstoles es un profesional especializado en asuntos relacionados con el divorcio, la separación y la disolución del matrimonio. Su papel es ayudar a sus clientes a obtener un resultado justo y equitativo en los procedimientos de divorcio, proteger sus derechos y defender sus intereses. Si está enfrentando un proceso de divorcio, es importante buscar la ayuda de un abogado de divorcio competente y experimentado en Móstoles que pueda guiarle a través del proceso y ayudarle a alcanzar un acuerdo satisfactorio.
Somos abogados especialistas en divorcios en Móstoles contenciosos y en derecho de familia, custodia compartida, alimentos y pensión compensatoria, dado que son las medidas que mas problemas generan en las separaciones y divorcios. En tal caso es de absoluta importancia conocer bien la ley y la jurisprudencia de los tribunales y de las audiencias. A continuación les damos unas pautas generales sobre el procedimiento y las medidas.
CUSTODIA COMPARTIDA
a) ¿Qué suele valorar un juez a la hora de otorgar la custodia compartida en un divorcio?
- El resultado del informe del equipo psicosocial de los Juzgados exigido legalmente. Este equipo está formado por un psicólogo y un trabajador social que entrevistan a los padres y a los menores, observan la interacción de los niños con ambos progenitores y realizan pruebas diagnósticas a los padres. Este informe pericial, aunque no es vinculante para el juez, es fundamental y casi siempre determinante respecto al tipo de custodia y de visitas a establecer en la Sentencia de divorcio.
- La buena o mala relación de los cónyuges (siempre que las discrepancias no sean de gran entidad) y el respeto mutuo en sus relaciones personales.
- La edad de los menores y el número de hijos.
- El deseo de los menores o sus preferencias.
- La práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con los niños y sus aptitudes personales.
- La disponibilidad de los padres.
- Que los sistemas o pautas educativas de los padres sean similares.
- La cercanía de domicilios. Si ambos progenitores viven en ciudades distintas es inviable la concesión de una custodia compartida.
- El cumplimiento por parte de los padres de sus deberes en relación con los hijos.
b) ¿Existen edades en las que no es conveniente otorgar la custodia compartida en un divorcio en Móstoles?
Aunque con este sistema de divorcio en Móstoles se fomenta la integración del menor con ambos padres, se evita el sentimiento de pérdida y se estimula la cooperación de los padres en beneficio del menor, aproximándose al modelo de convivencia existente antes de la ruptura matrimonial. No es conveniente otorgar la custodia compartida, según la opinión de la mayoría de psicólogos, a los menores de 7 años al tratarse de un estadio donde cobra especial importancia preservar los ritmos de asimilación de los menores y en donde la ruptura del núcleo familiar va a ser vivido con un sentimiento de culpa al seguir con estas edades un pensamiento egocéntrico.
c) ¿Por qué?
En un divorcio la custodia compartida puede suponer un factor más desestabilizador que beneficioso en menores de 7 años, ya que, con frecuencia la figura principal de apego de los niños de 0 a 6 años de edad es la madre. Por este motivo, es necesario que el menor, para una correcta adaptación, mantenga un contacto permanente con la figura de mayor apego, habida cuenta que el ritmo de asimilación a la nueva situación, no puede equipararse al de un adulto, al vivir los menores la ruptura como un trauma, precisando de un tiempo de adaptación suficiente para afrontar con garantías la siguiente etapa familiar.
Aunque se sigue otorgando la custodia en exclusiva a la madre, hay una tendencia natural a aumentar de forma progresiva el régimen de visitas de los padres, siempre en interés del menor y en función de la disponibilidad de los mismos. Así, en común que el régimen de visitas de los padres sea de fines de semanas alternos (de viernes a domingo) desde la salida del colegio, y durante la semana, que se establezcan uno o dos días de visitas intersemanales, en ocasiones con pernocta intersemanal. También es cada vez más normal devolver a los menores en el colegio el lunes por la mañana e incluso añadir los jueves al fin de semana, para que de esta forma los padres tengan la oportunidad de participar en la vida cotidiana del niño. En cuanto a las vacaciones de los menores, la regla es establecer dichos periodos por mitad, en función del calendario escolar de los niños.
No obstante, la última jurisprudencia del Tribunal Supremo viene atribuyendo la custodia compartida como el régimen normal y más beneficioso para los menores por lo que habrá de atenderse a cada caso concreto.
DIVORCIO en Móstoles
a) ¿Puedo divorciarme aunque el otro cónyuge no quiera?
Sí, en nuestro país basta con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para que pueda solicitar el divorcio, sin que el otro pueda oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez pueda rechazar la petición, salvo por motivos procesales.
b) ¿Es necesaria alguna causa o motivo para poder divorciarme en Móstoles?
No. La simple voluntad de uno de los cónyuges de no continuar con el matrimonio es suficiente para poder obtener el divorcio.
c) ¿Cuánto tiempo debo de llevar casado para poder divorciarme en Móstoles?
Para poder separarse o divorciarse, deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio. No será preciso esperar al transcurso de este plazo de tres meses en aquellos casos en los que se acredite la existencia de riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos.
d) ¿Debo tramitar la separación antes que el divorcio en Móstoles?
No es necesaria en la actualidad. Podemos acudir directamente al divorcio sin necesidad de la previa separación de hecho o judicial. No obstante, se mantiene la separación para aquellos casos en los que los cónyuges decidan interrumpir temporalmente su matrimonio, sin optar por la disolución definitiva.
e) ¿Qué diferencias hay entre la separación y el divorcio?
El divorcio es una de las formas de disolución del vínculo matrimonial. La diferencia principal entre la separación y el divorcio, consiste en que la separación no disuelve el vínculo matrimonial, sólo queda suspendido, por lo que no permite volver a contraer matrimonio con una tercera persona. La sentencia de separación produce la suspensión de la vida común de los casados, cesando la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, pero el vínculo matrimonial no se rompe. Sin embargo, con el divorcio, el vínculo se rompe por lo que los cónyuges pueden contraer matrimonio civil con un tercero.
f) ¿Qué tipos de procedimiento de divorcio existen en Móstoles?
Hay que distinguir dos tipos de procedimiento de divorcio: el divorcio de mutuo acuerdo y el contencioso.
A priori, le aconsejamos siempre llegar a un buen acuerdo y evitar un pleito contencioso, especialmente ante la existencia de menores, que en muchos casos se convierten en una víctima más del desencuentro de sus progenitores. Hay supuestos en que no cabe un mutuo acuerdo, y en esos casos contamos con los medios necesarios para poder defender sus intereses ante los tribunales.
g) ¿Cuánto cuesta y cuánto tarda un divorcio en Móstoles, Fuenlabrada, Arroyomolinos?
El coste y la duración del procedimiento variarán dependiendo de si se realiza de mutuo acuerdo o de forma contenciosa. Si es de mutuo acuerdo los cónyuges puede llevar el mismo abogado y procurador y se simplifican los trámites. En nuestro despacho los honorarios de abogado oscilan entre los seiscientos y los ochocientos euros, mas impuestos, dependiendo si se liquida o no la sociedad de gananciales. Nuestro despacho tiene un precio especial para mutuo acuerdo de 390 euros por cada cónyuge en concepto de honorarios de abogado, mas el IVA correspondiente.
h) ¿Es obligatoria la asistencia de Abogado de divorcio y Procurador en el proceso de divorcio?
Es obligatoria la representación de las partes por medio de Procurador y asistencia de Letrado. No obstante, en los procedimientos de separación y divorcio solicitados de mutuo acuerdo o por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro, los cónyuges pueden valerse de una sola defensa y representación.
i) ¿Qué documentos debo preparar para iniciar el procedimiento de divorcio en Móstoles?
Individualmente deberá concretarse con su abogado designado al caso la documentación necesaria, pero de forma genérica podemos adelantarle:
- Certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de hijos.
- Últimas declaraciones de IRPF.
- Últimas nóminas.
- Copia de las escrituras de las propiedades comunes.
- Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI-contribución).
- Gastos ordinarios de los hijos (escolares, material, farmacia,..).
j) ¿Qué ventajas tiene el divorcio de mutuo acuerdo en Móstoles?
Se trata del procedimiento más rápido, sencillo y económico de obtener el divorcio. A diferencia del contencioso, no exige la celebración de juicio, bastando con la presentación de la demanda y del convenio regulador o del pacto de convivencia y su posterior ratificación -firma- en el Juzgado por ambos cónyuges. Además supone un abaratamiento de costes al permitir que ambos cónyuges actúen representados por un mismo Procurador y defendidos por un único Abogado.
k) ¿Puede recurrirse una sentencia de divorcio en Móstoles?
Contra la sentencia que se dicte en los procesos matrimoniales de separación y divorcio podrá interponerse el correspondiente recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial.
l) ¿Hay que inscribir la sentencia en el Registro Civil?
El Juez acordará de oficio la comunicación al Registro Civil de las sentencias de nulidad, separación y divorcio. Dicha inscripción es gratuita y es muy importante a efectos de que cese el vinculo económico entre cónyuges dado que de cara a terceros, se informa de la situación civil de los mismos impidiendo la comunicación entre patrimonios.
MODIFICACIÓN DE MEDIDAS
a) ¿Pueden modificarse con posterioridad las medidas fijadas en la sentencia de divorcio?
Los acuerdos reflejados en la sentencia podrán ser modificados judicialmente cuando se alteren sustancialmente las circunstancias, entrañando dificultad si se el divorcio se hizo de mutuo acuerdo por lo que acentúa la importancia del convenio regulador.
MEDIDAS PROVISIONALES DE DIVORCIO EN MÓSTOLES
a) ¿Qué son las medidas provisionales?
Son aquellas destinadas a regular la situación de los cónyuges mientras se tramita su procedimiento de separación, divorcio o nulidad matrimonial y hasta su conclusión. Hay que distinguir dos tipos:
- Las medidas previas o provisionalísimas, que se solicitan antes de la interposición de la demanda. Debe acreditarse una situación de urgencia para su adopción, como ocurre en los supuestos de malos tratos.
- Las medidas provisionales o simultáneas, que son las que se solicitan en el momento de la presentación de la demanda.
Entre las medidas que se pueden solicitar y que debe acordar el Juez se encuentran las siguientes:
- Determinar, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de ambos y tomar las disposiciones apropiadas de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y, en particular, la forma en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá comunicar con ellos y tenerlos en su compañía. Cuando exista riesgo de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas podrán adoptarse las medidas necesarias y, en particular, las siguientes:
- Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización judicial previa.
- Prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se hubiere expedido. Sometimiento a autorización judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor.
- Determinar, teniendo en cuenta el interés familiar más necesitado de protección, cuál de los cónyuges ha de continuar en el uso de la vivienda familiar y asimismo, previo inventario, los bienes y objetos del ajuar que continúan en ésta y los que se ha de llevar el otro cónyuge, así como también las medidas cautelares convenientes para conservar el derecho de cada uno. Fijar la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, considerándose contribución a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dedicará a la atención de los hijos comunes sujetos a patria potestad.
b) ¿Qué ventajas tienen las medidas provisionales previas a la demanda o provisionalísimas?
Son de carácter urgente, pero depende de cada juzgado la tardanza en la citación, si bien la experiencia nos dice que en la practica no se aplica dado el ingente numero de procedimientos que existen en los juzgados de familia. Además, con sólo la presentación de la demanda los cónyuges pueden vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal y quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.
En cualquier caso, como abogados especialistas en Divorcios en Móstoles estamos encantados de analizar su caso particular de forma pormenorizada sobre su divorcio en Móstoles y de asesorarle de forma totalmente gratuita para lo que sólo tiene o bien que llamarnos o bien hacernos la CONSULTA GRATUITA ONLINE.